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La mayoría de Estados miembros tienen un nivel alto de protección contra las prácticas comerciales desleales

Por Beatriz DeparesResponsable de contenidos de Cárnica

Esta es una de las principales conclusiones del informe sobre la aplicación de las normas sobre prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro de alimentos, que ha publicado esta semana la Comisión Europea.

Según el informe, la gran mayoría de Estados miembros ha adoptado un nivel más alto de protección, más allá de las prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro alimentario prohibidas por la Directiva.

En 2023, se abrieron cerca de 1.500 investigaciones, de las cuales alrededor del 17 % dieron como resultado una infracción sancionada con una multa.

Entre las prácticas comerciales desleales detectadas con mayor frecuencia figuran los pagos atrasados ​​de productos agrícolas y alimentarios perecederos o no perecederos (50 % y 13 %, respectivamente); los pagos no relacionados con una transacción específica (7 %); los pagos solicitados al proveedor por acciones de marketing (7 %), así como para almacenar, exhibir y cotizar (7 %).

Del total de las prácticas desleales detectadas, alrededor del 41 % se identificaron a nivel minorista (47 % en 2022); el 36 % a nivel de la industria alimentaria (27 % en 2022); y el 22 % a nivel del comercio mayorista (25 % en 2022). 

Los resultados de este informe servirá para una evaluación más detallada de la aplicación de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales que la Comisión presentará en 2025 y que podría ir acompañada, en su caso, de propuestas legislativas.

Directiva sobre prácticas comerciales desleales

La llamada Directiva UTP prohíbe 16 prácticas que pueden tener efectos nocivos para los actores más débiles de la cadena, en particular los agricultores y los proveedores más pequeños.

Entró en vigor el 1 de mayo de 2019 y exigía que los Estados miembros la transpusieran a sus legislaciones nacionales antes del 1 de mayo de 2021.

En diciembre de 2022, todos los Estados miembros habían notificado su transposición completa a la Comisión. En general, según señala la Comisión Europea, “la aplicación de la Directiva está ganando terreno y contribuirá a un grado cada vez mayor de protección de los agricultores y de los proveedores más débiles”.

Qué prácticas comerciales desleales están prohibidas en la UE

  • Prácticas comerciales desleales negras (prohibidas, sean cuales sean las circunstancias):
    • Pagos a más tardar a 30 días para productos agrícolas y alimentarios perecederos.
    • Pagos a más tardar a 60 días para productos agroalimentarios no perecederos.
    • Cancelaciones con poca antelación de productos agroalimentarios perecederos.
    • Cambios unilaterales del contrato por parte del comprador.
    • Pago por servicios no relacionados.
    • Riesgo de pérdida y deterioro transferido al comprador.
    • Denegación de una confirmación escrita de los acuerdos de suministro por parte del comprador, a pesar de la solicitud del proveedor.
    • Uso indebido de secretos comerciales por parte del comprador.
    • Represalias comerciales por parte del comprador.
    • Transferir los costos de examinar las quejas de los clientes al proveedor.
  • Prácticas comerciales desleales grises (sólo prohibidas, si no se acuerdan previamente en términos claros e inequívocos entre las partes):
    • El comprador devuelve los productos no vendidos al proveedor.
    • Pago al proveedor por almacenamiento, exhibición y listado.
    • Pago del proveedor por promoción.
    • Pago del proveedor por publicidad.
    • Pago del proveedor por comercialización. 
    • Pago al proveedor por el personal del comprador, equipamiento del local.
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