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El Laboratorio Agroalimentario de Cataluña, primero en adaptarse al nuevo reglamento de control de residuos de medicamentos veterinarios

Por Beatriz DeparesResponsable de contenidos de Cárnica

El Laboratorio Agroalimentario de Cataluña, adscrito al Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural de la Generalitat de Cataluña, ha logrado un hito significativo al convertirse en el primer laboratorio acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) en completar la transición al nuevo reglamento de control de residuos de medicamentos veterinarios (Reglamento UE 2021/808).

Esta nueva normativa deroga la Decisión 2002/657/CE y establece los requisitos vigentes para los métodos de análisis de sustancias farmacológicamente activas y sus validaciones internas.

El laboratorio ha conseguido este avance con más de dos años de antelación respecto a la fecha límite establecida del 10 de junio de 2026.

Nuevo reglamento para métodos de análisis

El Reglamento UE 2021/808 es obligatorio para todos los Estados miembros de la Unión Europea y define los criterios técnicos que deben seguirse en los métodos analíticos empleados en los laboratorios para detectar residuos de sustancias farmacológicamente activas en productos de origen animal, piensos y diversos tejidos y fluidos biológicos de animales productores de alimentos.

Además, proporciona criterios específicos para la interpretación de los resultados, mejorando así la claridad y objetividad de la información obtenida.

En España, el Plan Nacional de Investigación de Residuos (PNIR) es el encargado de supervisar el uso adecuado de las sustancias farmacológicamente activas en animales destinados a la producción de alimentos, asegurando el cumplimiento de los límites máximos de residuos permitidos por la ley.

El Reglamento UE 2021/808 es una herramienta necesaria para el PNIR, ya que proporciona a los laboratorios los criterios necesarios para aplicar correctamente sus métodos de análisis.

10 de junio de 2026, fecha tope para la transición

Desde la publicación del Reglamento UE 2021/808 en 2021, ENAC ha implementado un Plan de Transición para que los laboratorios puedan adaptarse de manera ordenada a los nuevos requisitos.

La fecha límite del 10 de junio de 2026, establecida en el artículo 7 del Reglamento, es el horizonte para que todos los métodos acreditados se alineen con esta normativa.

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