El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el conjunto de las comunidades autónomas activarán, a partir de este jueves 15 de junio y hasta el próximo 15 de septiembre, el plan de actuaciones para controlar la temperatura en los transportes de animales vivos durante este verano.
Las medidas afectan a los desplazamientos de équidos y animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina y porcina con destino tanto a Estados miembros de la Unión Europea (UE) como a países extracomunitarios, incluidos los transportes por carretera a los puertos de Cartagena y Tarragona con destino a la exportación que duren más de 8 horas, y los transportes en buques de carga rodada con destino a Canarias.
Lo que estipula la normativa
La normativa comunitaria establece que en los traslados largos de animales vivos por carretera (équidos, bovinos, ovinos, caprinos y porcinos) se debe mantener, en el interior del vehículo, un intervalo de temperatura de 5º C a 30º C, con una tolerancia de +/- 5º C en función de la temperatura exterior. Por tanto, el vehículo debe estar equipado con un sistema de control y registro de la temperatura.
Además, una vez autorizado el desplazamiento, la autoridad competente solicitará al organizador que, junto a la devolución del cuaderno de a bordo obligatorio, se envíen los registros de temperatura realizados durante todo el trayecto para comprobar que se han cumplido los rangos de temperatura previstos en la legislación vigente.