Inicio / Sector / Porcino / Argentina y Polinesia Francesa ajustan sus restricciones al porcino español
Tras el brote de PPA en jabalís

Argentina y Polinesia Francesa ajustan sus restricciones al porcino español

Por Beatriz DeparesResponsable de contenidos de Cárnica

La última actualización de la instrucción 11/SA/2025 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) introduce cambios en las condiciones de exportación de porcino hacia varios países terceros. Las principales novedades afectan a Argentina, que mantiene restricciones a nivel país con algunas excepciones, y a Polinesia Francesa, que corta las importaciones procedentes de Cataluña y obliga a renegociar el certificado para el resto de orígenes. La actualización también añade ajustes técnicos en Reino Unido sobre la regionalización ya reconocida.

Argentina: suspensión general, pero con vía abierta para curados y tripas saladas

Argentina mantiene una línea restrictiva y mantiene vetadas determinadas importaciones de porcino español certificadas a partir del 30 de octubre, con alcance para toda España, no solo para la zona restringida por PPA.

Sin embargo, la última versión de la nota introduce matices importantes para el comercio:

  • Argentina acepta “mercancías seguras” según el artículo 15.1.2 del Código Terrestre de la OMSA.
  • Autoriza la entrada de:
    • Productos curados de porcino con al menos 6 meses de curación, siempre que el certificado recoja expresamente que “las carnes curadas fueron curadas con sal y secadas durante un periodo mínimo de 6 meses”.
    • Tripas y vejigas saladas, sometidas a los tratamientos de salazón y condiciones de actividad de agua (Aw) y temperatura que fija la OMSA (mínimo 30 días de salazón con sal seca o salmuera con Aw < 0,80, o mezclas de sales y fosfatos y conservación a ≥ 12 ºC).

Para las mercancías que salieron de España hacia Argentina con certificados emitidos después del 30 de octubre, el MAPA distingue dos situaciones:

  • Si el producto presenta riesgo, las autoridades argentinas rechazarán la entrada.
  • Si el producto se considera seguro (por ejemplo, curados de más de seis meses o tripas saladas), pero el certificado se emitió apoyándose en el estatus de país libre de PPA, el operador deberá solicitar la sustitución del certificado para adaptarlo al nuevo marco.

Polinesia Francesa: cierre a Cataluña y “pausa técnica” para el resto de España

En el caso de Polinesia Francesa, la actualización de la instrucción recoge un enfoque territorialmente mucho más acotado, pero con efectos prácticos amplios.

Por un lado, el territorio francés prohíbe a partir del 11 de noviembre la entrada de:

  • Carne fresca de suidos (cerdos domésticos y jabalíes, incluidos animales en cautividad, asilvestrados y salvajes) procedente de la comunidad autónoma de Cataluña.
  • Productos cárnicos de porcino que no hayan recibido un tratamiento que garantice la destrucción del virus de la PPA, de acuerdo con el Código de la OMSA.

Por otro lado, el certificado sanitario actual hacia Polinesia Francesa figura bloqueado. El MAPA informa de que se encuentra en marcha una negociación para acordar un nuevo certificado que permita:

  • Exportar productos de fuera de Cataluña, y/o
  • Exportar productos sometidos a tratamientos de mitigación del virus (por ejemplo, determinados tratamientos térmicos o curados).

Hasta que no se cierre ese nuevo modelo de certificado, el sector debe interpretar que las exportaciones de porcino español a Polinesia Francesa quedan, de facto, en pausa: Cataluña queda explícitamente vetada y el resto de orígenes depende de que prospere la negociación técnica entre administraciones.

Ajustes técnicos para Reino Unido

La misma revisión de la instrucción introduce también precisiones técnicas para Reino Unido, país que ya reconoce la regionalización aprobada por la Unión Europea y ha vuelto a aceptar porcino español procedente de zonas no restringidas.

El MAPA detalla los códigos que deben utilizar los operadores para identificar el origen:

  • ES-1: zonas no afectadas.
  • ES-3: zonas afectadas (municipios incluidos en la zona restringida).

Reino Unido admite además productos procedentes de la zona restringida siempre que cumplan requisitos estrictos de inactivación del virus, como tratamientos térmicos a 70 ºC en todo el producto o, en el caso del jamón curado, procesos de fermentación y maduración de al menos nueve meses, con Aw ≤ 0,93 y pH ≤ 6,0.

Notificar nuevos comentarios
Notificar
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Scroll al inicio