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La UE publica los reglamentos que permitirán el almacenamiento privado de carne de vacuno, ovino y caprino a partir del 7 de mayo

Por José Carlos Vicente

La Unión Europea ya permite el almacenamiento privado de carne fresca o refrigerada de vacuno, ovino y caprino tras la publicación en su Diario Oficial de los respectivos reglamentos que establecen sus condiciones.

Los documentos completos del DOUE, que incluyen los importes correspondientes de la ayuda por período de almacenamiento pueden descargarse desde este enlace a nuestra área de descargas de legislación y documentos de interés del sector cárnico.

Vacuno

  • Se concede una ayuda en el caso de carne de animales de ocho meses o más y por el que se fija por anticipado el importe de la ayuda
  • Las solicitudes de ayuda podrán presentarse a partir del 7 de mayo de 2020 ante el Fondo Español de Garantía Agraria.
  • La cantidad mínima admisible por solicitud será de 10 toneladas.
  • Los importes correspondientes de la ayuda por período de almacenamiento figuran en el anexo.
  • La ayuda solo podrá concederse para períodos de almacenamiento de 90, 120 o 150 días.
  • Al presentar una solicitud de ayuda en relación con productos admisibles, el importe de la garantía exigida será de 100 EUR/tonelada.

Ovino y Caprino

  • Se concede una ayuda en el caso de carne de animales de canales de ovino y caprino de menos de 12 meses de edad que se habrían destinado mayoritariamente al sector de la hostelería.
  • Las solicitudes de ayuda podrán presentarse a partir del 7 de mayo de 2020 ante el Fondo Español de Garantía Agraria.
  • La cantidad mínima admisible para cada solicitud será de 5 toneladas.
  • Los importes correspondientes de la ayuda por período de almacenamiento figuran en el anexo.
  • La ayuda puede concederse únicamente para períodos de almacenamiento de 90, 120 o 150 días.
  • Al presentar una solicitud de ayuda relación con productos admisibles, el importe de la garantía exigida será de 100 EUR/tonelada.
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