El Magrama ha actualizado con fecha del 4 de octubre el documento que recoge el procedimiento de solicitud de inclusión en listas de establecimientos autorizados para exportar productos de origen animal destinados al consumo humano a terceros países.
Este procedimiento regula los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación, en lo que respecta a la inclusión en listas específicas de los establecimientos elaboradores de productos de origen animal destinados al consumo humano que vayan a ser destinados a la exportación a terceros países, en los casos en los que el tercer país exija la existencia de una lista específica de establecimientos autorizados para exportar.
Su ámbito de aplicación abarca a todo establecimiento elaborador finalstablecimiento elaborador final que pretenda solicitar autorización para exportar productos de origen animal destinados al consumo humano, así como otros establecimientos que intervengan en la cadena de producción (cuando así lo exija el país importador) para los países y productos detallados en el Anexo I de este procedimiento.
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