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El FEGA publica el listado de ganaderos que recibirán en octubre la ayuda extraordinaria del Gobierno por la sequía

Por Beatriz DeparesResponsable de contenidos de Cárnica

70.267 ganaderos recibirán en octubre más de 332 millones de euros de la ayuda extraordinaria para compensar la situación por la sequía y a las condiciones derivadas del conflicto bélico en Ucrania.

El listado definitivo de los titulares de las explotaciones beneficiarias se ha publicado en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

Los ganaderos beneficiarios son aquellos que figuraban en las resoluciones provisionales de julio, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad social, y que no han presentado alegaciones sustanciales.

En la resolución del mes de julio, en base a los datos provisionales de explotaciones ganaderas subvencionables y al número de animales elegibles para esta ayuda, y para evitar superar la cuantía máxima estimada por especie y orientación productiva, se realizó un ajuste lineal de los importes unitarios por cabeza para las zonas de afección alta de sequía que se indicaban en el real decreto-ley, de tal forma que se establecieron los siguientes:

  • Vaca de carne (nodriza): 143,48 euros
  • Oveja y cabra de carne: 15,89 euros
  • Vaca de leche: 52,12 euros
  • Oveja y cabra de leche: 8,66 euros

Plazo de un mes para ponerse al corriente de pago

La resolución, publicada en el día de ayer, 2 de octubre, recoge igualmente aquellos titulares a los que no se les ha realizado el pago por haberse detectado que no están al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. En el plazo máximo de un mes desde la publicación de la resolución, se realizará una segunda comprobación para verificar si han subsanado este aspecto, y aquellos que lo hayan hecho podrán recibir la ayuda.

En el caso de titulares que hayan presentado alegaciones sobre aspectos relacionados con la zona de afección, titulares de la explotación o número de animales, éstas serán remitidas a las comunidades autónomas para sus análisis. Posteriormente se procederá a la resolución de las mismas y, si procede, al pago de la ayuda correspondiente.

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