Avícola de carne

Publicado en el BOE el Convenio Colectivo estatal para el sector de granjas avícolas

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se registra y publica el nuevo Convenio colectivo para las granjas avícolas y otros animales, un marco laboral que regulará las condiciones de trabajo en todo el territorio español para los próximos años.

El acuerdo, suscrito por las organizaciones empresariales FEDEROVO, ASEPRHU, APAVES y AEPRP, y los sindicatos UGT y CC.OO., establece un marco de relaciones armónicas cimentado en la igualdad de derechos y la mejora de las condiciones laborales.

Vigencia y subidas salariales escalonadas

El nuevo convenio tiene una duración fijada de tres años, abarcando el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2027. Aunque su publicación se ha hecho efectiva ahora, los efectos económicos tienen carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025. Las empresas del sector dispondrán de un plazo de tres meses desde la firma para abonar las diferencias salariales atrasadas.

En el terreno económico, el acuerdo asegura incrementos salariales anuales con cláusulas de revisión vinculadas al IPC:

  • 2025: Incremento del 3% sobre las tablas definitivas de 2024. Si el IPC interanual de diciembre supera el 3%, se aplicará un incremento adicional de hasta un 1% para las tablas de 2026.
  • 2026: Subida del 2,50%, con una revisión máxima del 0,75% si el IPC supera esta cifra.
  • 2027: Incremento del 2,20%, también revisable con un tope del 0,75% al alza según el IPC.

Además, se ha fijado una garantía mínima de 18,27 euros de plus para quienes trabajen en domingos y festivos durante 2025.

Jornada, vacaciones y freno a la temporalidad

El texto establece una jornada laboral anual máxima de 1.780 horas y garantiza 26 días laborables de vacaciones al año. Para fomentar la creación de empleo estable, patronal y sindicatos han acordado reducir al mínimo indispensable las horas extraordinarias, limitándolas a 80 al año y priorizando su compensación por tiempo de descanso.

En una firme apuesta por la estabilidad laboral, el convenio introduce un límite a la temporalidad: los contratos temporales no podrán superar el 25% de la plantilla laboral en los centros de trabajo, salvo en empresas de nueva creación o por picos justificados como sustituciones por incapacidad o vacaciones.

Avances pioneros en igualdad y derechos LGTBI

Uno de los aspectos más destacados del nuevo marco sectorial es su compromiso social. Las empresas con más de 50 personas trabajadoras estarán obligadas a negociar y aplicar Planes de Igualdad para garantizar las mismas oportunidades entre hombres y mujeres y prevenir el acoso por razón de sexo.

Adicionalmente, el texto incluye una disposición pionera para la igualdad real de las personas trans y LGTBI. Las partes firmantes se comprometen a constituir, en un plazo máximo de tres meses, una comisión específica para negociar y adaptar las medidas de igualdad y no discriminación del colectivo LGTBI en las empresas de más de cincuenta trabajadores.

Finalmente, el convenio actualiza e integra de manera exhaustiva la prevención de riesgos laborales en los planes de gestión, blindando el control de la salud, las adaptaciones de puesto para mujeres embarazadas y el suministro de equipos de protección en un sector caracterizado por sus condiciones especiales.

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