La Comisión Europea ha publicado el 8 de febrero un proyecto de Reglamento Delegado que complementa el Reglamento (UE) 2017/625 sobre controles oficiales relacionados con la producción de carne (inspección de la carne), y que entrará en vigor, al igual que éste último, a partir del 14 de diciembre de 2019. En ambos se establecen normas para la realización de controles oficiales y otras actividades de control por las autoridades competentes de los Estados miembros, en particular en relación con la producción de productos de origen animal destinados al consumo humano.
El Reglamento Delegado y sus anexos pueden descargarse desde este enlace a nuestra área de descargas de legislación y documentos de interés del sector cárnico.
En principio, el veterinario oficial es quien lleva a cabo la inspección de la carne. El presente Reglamento Delegado establece una excepción a los requisitos básicos fijados en el Reglamento (UE) 2017/625 y tiene por objeto establecer los criterios y las condiciones de determinadas tareas relativas a la inspección de la carne en los mataderos y los controles oficiales en los establecimientos de manipulación de caza y las salas de despiece, que deben realizar los auxiliares oficiales u otros miembros del personal designados por las autoridades competentes bajo la supervisión o bajo la responsabilidad del veterinario oficial.
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Buenos dias saludos felicitaciones por tan brillante informacion sobre maravilloso mundo legislaciones de un vehiculo importante para consumo humano como es carne, disculpen tienen legislaciones o normativas sobre la exportación de carne de conejo congelada o empacada al vacío, gracias por su atención desde Venezuela