El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado la modificación del pliego de condiciones de la IGP Ternera de Extremadura solicitada en el mes de abril. Las modificaciones realizadas se han producido en los apartados de:
Como dato más significativo, en la descripción del producto se clarifica la terminología evitando confusiones al eliminar la frase “Las razas procedentes de cruces en segunda generación no podrán ser reproductoras amparadas bajo esta IGP”, que ha sido sustituida por “Las hembras procedentes de cruces por absorción no podrán ser reproductoras amparadas bajo esta I.G.P”.
El documento publicado en el DOUE con las modificaciones solicitadas y ahora aprobadas puede descargarse desde este link a nuestra área de descargas.
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