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Miguel Arias Cañete presentando las bridas que llevarán los productos ibéricos

Miguel Arias Cañete presentando las bridas que llevarán los productos ibéricos

La Norma de calidad del ibérico, aprobada

En el Consejo de Ministros del
pasado 10 de enero se ha dado luz verde al Real Decreto por el se aprueba la Norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos.
La norma es fruto de un largo proceso de colaboración y diálogo entre las
administraciones autonómicas y las asociaciones representativas del sector. Su
publicación en el BOE del pasado 11 de enero culmina los trabajos llevados a
cabo para mejorar la producción, elaboración y comercialización de los
productos emblemáticos del cerdo ibérico. (Puede descargarse el Real Decreto
aquí, y un resumen de la misma aquí).

En relación con las razas
autorizadas, se ha reforzado el papel del libro genealógico, cuyos certificados
pasan a ser la única forma de acreditar la pureza racial, lo que ayudará a
preservar la pureza de las mismas.

En cuanto a la crianza de los
cerdos en montanera, la norma adapta la carga ganadera a la capacidad
productiva de la dehesa, estableciéndose un número de cerdos por hectárea de
dehesa en función de la superficie arbolada cubierta (entre 0,25 y 1,25, cerdos
por hectárea).

La norma también regula las
instalaciones a las que se exige una mayor superficie mínima para la crianza de
los animales en cebaderos (dos metros cuadrados mínimo para animales de más de
110 kilogramos de peso).

Para la comercialización de los
productos se apuesta por la mejora de la información al consumidor en el
etiquetado. Con este objetivo se simplifican las denominaciones de venta. Se
pasa de las cuatro opciones anteriores (de bellota o montanera, de recebo, de
cebo de campo y de cebo) a tres: “de bellota”, “de cebo de campo” y “de cebo”.
Se elimina la designación recebo. En el etiquetado se establece la
obligatoriedad de indicar el tanto por ciento de raza ibérica, cuando se trate
de animales 100 por 100 ibérico, y en lugar destacado de la misma en los demás
casos.

Por otro lado, se limita la
utilización en publicidad y etiquetado de términos que puedan inducir a error
al consumidor. Así se reserva, exclusivamente para la designación “de bellota”,
los nombres, logotipos, imágenes, símbolos, o menciones facultativas que
evoquen o hagan alusión a algún aspecto relacionado o referido con la bellota o
la dehesa. En particular “pata negra” sólo se podrá utilizar en productos de
bellota 100 por 100 ibéricos.

La mejora de la asignación de
menciones se conseguirá, entre otras acciones, mediante la incorporación de un
precinto de distinto color por cada designación, que se colocará en cada jamón
y paleta, en el matadero:

-Negro, para los bellota 100 por
100 ibéricos

-Rojo, para los bellota ibéricos

-Verde, para los de cebo de campo
ibéricos

-Blanco, para los de cebo
ibéricos

Por otro lado, también se
refuerzan los sistemas de control, estableciendo más rigor y control en los
pesos de las canales y las piezas y en el tiempo mínimo de elaboración. Además,
se exige un peso mínimo de las piezas elaboradas a la salida de la industria
para evitar la comercialización de productos pequeños que no alcancen los estándares
mínimos de calidad.

Miguel Arias Cañete, ministro de Agricultura,
manifestó en la rueda de prensa del Consejo de Ministros que “nosotros hemos
apostado por la claridad, la transparencia y la información hacia los
consumidores, ofreciendo unos sistemas de denominaciones comerciales mucho más
sencillos”, y añadió que ““se ha puesto especial cuidado en no expulsar a nadie
del mercado”. También recordó que se establecen unos periodos de adaptación,
“para que puedan introducirse los cambios requeridos”.

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1 Comentario
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Francisco Gonzalez
Francisco Gonzalez
22/01/2014 00:00

Si quereis ver una infografia sobre la nueva ley de calidad y poder entender en imagenes todos los detalles de esta ley, aqui la teneis: http://www.jamonprive.com/blog/productos-ibericos-claves-ley-de-calidad/

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