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El BOE publica la nueva Extensión de Norma del porcino ibérico

Por José Carlos Vicente

El BOE publica hoy, 6 de septiembre, el acuerdo que establece la nueva Extensión de Norma del sector del porcino ibérico que gestionará ASICI durante los próximos cinco años (desde el 4 de noviembre).

El documento completo del BOE puede descargarse desde este enlace a nuestra área de descargas de legislación y documentos de interés del sector cárnico.

Los objetivos que debe segur la interprofesional son:

  • a) Promoción del conocimiento y del consumo de los productos ibéricos.
  • b) Apoyo a la investigación, el desarrollo, la innovación tecnológica y la realización de estudios en el sector.
  • c) Mantenimiento y mejora del sistema informático ÍTACA, de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos identificados de acuerdo al Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, con los precintos asignados por ASICI y coadyuvar a su cumplimiento.
  • d) Gestión, seguimiento y control de la extensión de norma.

La aportación económica total para cada año será de 60 céntimos de euro y aplicará a los cerdos ibéricos sacrificados y los productos que se comercializan cumpliendo el Real Decreto 4/2014, de 10 de enero. Cada rama profesional (productores y operadores) contribuirá con el 50 por ciento del importe de la aportación, que se denominan «cuota de producción» y «cuota de elaboración». El importe de la aportación económica obligatoria permanecerá invariable cada año de vigencia de la presente extensión de norma.

Dicha aportación se compone de dos tramos:

  1. El primero, de 44 céntimos de euro, para los objetivos a), b) y d), se aplicará a todos los cerdos sacrificados como ibéricos.
    • Se entiende por cerdos sacrificados como ibéricos, a los efectos de la presente extensión de norma, aquellos que dispongan de un documento con la información referente a su raza, edad y alimentación (o Informe REA) emitido por alguna de las Entidades habilitadas para ello en el marco de la Norma de Calidad del Ibérico (Entidades de Inspección o los órganos de control de una DOP).
    • La «cuota de producción» de este primer tramo será de 22 céntimos de euros y la «cuota de elaboración» de otros 22 céntimos de euro y se aplicarán a todos los cerdos sacrificados como ibéricos.
  2. El segundo tramo, de 16 céntimos de euro, para los objetivos c) y d), se aplicará a las canales de cerdos sacrificados como ibéricos que cumplan los pesos mínimos establecidos en la Norma de Calidad. Los jamones y las paletas de canales aptas aportarán el 75 % de este tramo y las carnes y los lomos el 25 %.
    • La «cuota de producción» y la «cuota de elaboración» de este segundo tramo se aplicará íntegramente a las canales aptas por peso de los cerdos sacrificados como ibéricos siempre que sus jamones y paletas, se identifiquen con los precintos de Norma de Calidad asignados por ASICI y, sus carnes, se comercialicen como ibérico.

El destino de los recursos que se generen con las citadas aportaciones, se distribuirá entre los objetivos de esta extensión de norma en los porcentajes siguientes:

  • Promoción del conocimiento y consumo de productos ibéricos: 58 %
  • Investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios: 10 %
  • Mantenimiento y mejora del sistema informático de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos, ÍTACA, y coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad: 25 %
  • Gestión y seguimiento de la extensión de norma: 7 %

 

 

 

Artículo 3. Objetivos y actuaciones.

1. Mediante la extensión de norma se pretenden alcanzar los objetivos siguientes:

a) La promoción del conocimiento y del consumo de los productos ibéricos.
b) Apoyo a la investigación, el desarrollo, la innovación tecnológica y la realización de estudios en el sector.
c) Mantenimiento y mejora del sistema informático ÍTACA, de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos identificados de acuerdo al Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, con los precintos asignados por ASICI y coadyuvar a su cumplimiento.
d) Gestión, seguimiento y control de la extensión de norma.

2. Para conseguir estos objetivos se desarrollarán las siguientes actuaciones:

a) Campañas de información y promoción de los productos del cerdo ibérico y sus características, en el mercado interior y en terceros países, dirigidas a consumidores, distribución, restauración, escuelas de hostelería y creadores de opinión en el ámbito de la salud y la gastronomía. Acciones de información y promoción de productos amparados por las Denominaciones de Origen. Información sobre las cualidades nutricionales de los productos ibéricos y los beneficios que puede aportar su consumo para una vida saludable. Estrategias de información y comunicación a la opinión pública para dar a conocer los precintos identificativos de los productos ibéricos y de su etiquetado conforme al Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, reforzando la transparencia del mercado y la capacidad de decisión de los consumidores. Acciones en defensa y mejora de la imagen del sector y sus producciones.
b) Apoyo y promoción de programas de investigación, desarrollo y estudios que impulsen procesos de innovación tecnológica en materia de sanidad, bienestar animal, higiene y seguridad alimentaria, orientados a la mejora de los procesos productivos, y de la competitividad y sostenibilidad del sector. Acciones de investigación sobre la aplicación de las tecnologías emergentes al reconocimiento de las calidades, a la mejora de los métodos de producción y elaboración, así como búsqueda de nuevos formatos comerciales y presentaciones de los productos acordes con las exigencias de los consumidores. La interprofesional promoverá líneas de investigación y estudios sobre técnicas de producción y transformación respetuosas con el medio ambiente y el mantenimiento y sostenibilidad de la dehesa. Acciones de difusión de los resultados obtenidos y de formación de los operadores.
c) Mantenimiento y mejora del sistema informático ÍTACA, de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos identificados de acuerdo al Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, con los precintos asignados por la interprofesional y otros sistemas de trazabilidad que pudieran integrarse en él atendiendo a la singularidad y la calidad diferenciada de los productos amparados por las Denominaciones de Origen Protegidas reconocidas por la Unión Europea, que soporta la información de los operadores y contribuye a la trazabilidad de la cadena. El eje vertebrador de la acción de ASICI gira en torno a la gestión de la identificación de los animales con crotales, de los jamones y paletas con precintos de la norma de calidad que asigna ASICI.

Se mantendrá la implantación de la web ÍTACA en toda la cadena, soportando, gestionando y procesando la información de los operadores del sector. Trabajos de integración en ÍTACA de los movimientos de piezas entre operadores.

d) Establecimiento de un sistema para la gestión, seguimiento y control del cumplimiento de la extensión de norma.

3. La consecución de estos objetivos beneficia a todos los agentes del sector, desde los ganaderos, que podrán realizar una planificación regular por sus producciones, los mataderos y salas de despiece, que podrán mantener su actividad regularmente, las industrias elaboradoras, que podrán acceder a un mercado estable, y los consumidores, que dispondrán de unos productos con mayor trazabilidad y de mejor calidad.

Artículo 4. Sistema informático Web ÍTACA.

1. El sistema informático ÍTACA, de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos identificados de acuerdo al Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, con los precintos que asigna la interprofesional, constituye una herramienta de soporte para actividades recogidas en los protocolos de actuación desarrollados por la Mesa de Coordinación de la Norma de Calidad del Ibérico, para garantizar la eficacia en las labores de asignación de precintos de la norma de calidad asignados por ASICI a piezas que cumplan los pesos mínimos procedentes de animales identificados con crotales del sistema y su correspondiente adecuación a registros raciales y de alimentación de conforme a lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 4/2014, de 10 de enero.
2. Dada la singularidad y la calidad diferenciada de los animales y los productos amparados por las Denominaciones de Origen Protegidas reconocidas por la Unión Europea, dentro de las producciones del Ibérico y, con base en los sistemas de trazabilidad relacionados con el cumplimiento de sus Pliegos de Condiciones, serán los órganos de control de las propias Denominaciones de Origen Protegidas los que dispongan y gestionen la trazabilidad de los animales y los productos que amparan, no haciendo uso del sistema informático ÍTACA.

 

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