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AESAN recuerda que a partir del 1 de octubre si no se está registrado no se podrán exportar productos cárnicos al Reino Unido

AESAN recuerda a los operadores que trabajan con productos de origen animal incluidos en el anexo III del Reglamento 853/2004 y que exportan al Reino Unido que, a partir del próximo 1 de octubre de 2021, tendrán que estar registrados en TRACES NT para poder seguir operando, como consecuencia del Brexit.

Para ello, explican desde AESAN, todas aquellas empresas que estén exportando a Reino Unido estos productos “pueden facilitar sus datos, a través del formulario habilitado en el siguiente enlace, antes del 15 de septiembre“.

Aesan indica que “es muy importante que, a la hora de rellenar el formulario, los datos coincidan exactamente con la información que figura en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias (RGSEAA)”, por ello recomienda acceder a este registro “y copiar los datos del establecimiento para incluirlos en el formulario”.

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