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ICEX abre una ‘Ventana Brexit’ con información útil para operar en el mercado británico

Con la entrada en vigor del Brexit, operar con el Reino Unido significa ya exportar, importar o invertir fuera la Unión Europea. Eso, inevitablemente, crea obstáculos que no existían en el comercio de bienes, así como en la movilidad y los intercambios transfronterizos en ambas direcciones. Por ello, y para facilitar a las empresas el acceso al mercado británico el ICEX ha abierto una ‘Ventana Brexit’, un lugar donde encontrar toda la información relevante generada estos últimos meses sobre la realidad de la operativa comercial con el Reino Unido.

Para hacer esto posible, se ha concentrado en un único punto el acceso a toda la información y prestaciones que ICEX y toda su red ofrecen para abordar el mercado británico: documentación de interés, jornadas específicas sobre adaptación a las nuevas normativas, cursos, servicios de asesoramiento y cheque Brexit, entre otros.

Desde la ‘Ventana Brexit’ “las empresas puedan asomarse a todos los recursos tanto propios como de la Oficina Económica y Comercial de España en Londres y de otras unidades de la Secretaria de Estado de Comercio para así proporcionar una visión continuamente actualizada y de 360 grados sobre la realidad de la operativa comercial con el Reino Unido”, señalan desde el ICEX.

Cheque Brexit

Para ayudar a paliar esta situación de adaptación al cambio, ICEX ofrece a las empresas el cheque Brexit, un descuento en la contratación de Servicios Personalizados de la Oficina Económica y Comercial de España en Londres que oscila entre un 80 % para pymes y un 60 % para empresas de mayor tamaño.

Se aplica a un máximo de tres descuentos por empresa y es válido para los servicios contratados hasta el 30 de junio de 2021.

El caso del IVA

La aplicación del IVA en las mercancías exportadas a Gran Bretaña – Inglaterra, Escocia y Gales- sigue unos criterios específicos, mientras que los intercambios de mercancías con Irlanda del Norte tendrán el mismo tratamiento que los efectuados con un Estado miembro, de acuerdo con el Protocolo de Irlanda del Norte. Sin embargo, en cuanto a las exportaciones de servicios, la nueva situación afecta a todo el Reino Unido, es decir, incluye los servicios exportados a Irlanda del Norte.

Por otro lado, determinados servicios que se localicen en el Reino Unido pueden estar sujetos al IVA español en función de en qué territorio se exploten. Para determinar dónde se localiza un servicio prestado a un cliente establecido en el Reino Unido, la Agencia Tributaria pone a disposición de las empresas un localizador de prestaciones de servicios. Esta herramienta, dependiendo de las características de la exportación, facilita información sobre si la operación está o no sujeta al impuesto en España, quién debe declarar el IVA devengado y si la factura debe llevar IVA.

Estas y otras informaciones pueden consultarse en el documento: Gestión del IVA en Reino Unido tras el Brexit, realizado por la Oficina  Económica y Comercial de España en de Londres y disponible en la página Ventana Brexit.

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