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Denominaciones cárnicas: ANICE tilda de ‘pérdida de ocasión’ la decisión del Parlamento Europeo

Por Beatriz DeparesResponsable de contenidos de Cárnica

Tras el rechazo por parte del Parlamento Europeo de la protección conjunta de las denominaciones cárnicas en toda la Unión Europea (UE), desde ANICE lamentan que se haya “perdido la ocasión de proteger en toda la UE el uso de términos específicos de productos cárnicos y que puedan ser utilizados en otros como los vegetarianos y/o veganos”. Una opinión que también comparten las organizaciones ganadero-cárnicas de la Unión Europea y las patronales europeas como la UECBV y CLITRAVI, donde la Asociación Nacional de Industrias de la Carne de España representa los intereses del sector cárnico español.

“Desde ANICE queremos destacar que hubiera sido preferible una protección armonizada a nivel de la Unión Europea para las denominaciones cárnicas. No obstante, en línea con lo solicitado por las patronales cárnicas europeas, ANICE no cejará en el empeño de continuar trabajando por un reconocimiento y protección justa de las denominaciones de la carne a nivel nacional y la UE”.

Esta falta de decisión del Parlamento Europeo, señalan desde ANICE, “deja plenamente vigente, en España y otros países miembros, la normativa nacional, que en nuestro caso impide denominar hamburguesa a un producto sin carne”.

¿Es coherente que el Parlamento Europeo defienda en toda la UE las denominaciones lácteas y sin embargo no haga lo mismo con las denominaciones cárnicas?

Encuesta finalizada

La patronal, recuerda que “la normativa comunitaria y nacional aporta suficientes argumentos que avalan el uso exclusivo de las denominaciones cárnicas en los alimentos producidos a base de carne. Como el Real Decreto 474/2014 por el que se aprueba la norma de calidad de los derivados cárnicos, que limita el uso de las denominaciones cárnicas a los productos de origen animal, estableciendo en su Anexo II las definiciones de los productos derivados de la carne y las denominaciones consagradas por el uso”.

En este sentido, desde ANICE defienden “el uso de las denominaciones de venta propias de los productos cárnicos específicamente para productos que contengan carne, y no para los vegetarianos y/o veganos” ya que considera que “estos pueden inducir a error a los consumidores sobre su verdadera naturaleza y composición, puesto que son productos, que, por su tecnología de producción, ingredientes y cualidades nutricionales, poseen unas características nutritivas muy diferentes a los productos de origen cárnico”.

Tal y como apunta ANICE, en España las denominaciones de venta de la carne y sus derivados están contempladas en la legislación nacional para la carne y los derivados cárnicos y desde la asociación manifiestan que “respetando todas las opciones de alimentación y consciente de que los consumidores tienen derecho a elegir los productos que consideren más adecuados para su alimentación,  continuará trabajando por la defensa de las denominaciones cárnicas, en aras de una mejor transparencia del etiquetado, que informe adecuadamente a los consumidores sobre la verdadera naturaleza y composición de los alimentos comercializados”.

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