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Nuevo procedimiento de autorización de establecimientos cárnicos para exportar a Rusia

Por C de Comunicación

Los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, han establecido recientemente un nuevo procedimiento a seguir para la autorización de establecimientos cárnicos españoles para exportar a Rusia.

Así, las empresas interesadas en obtener la autorización, han de enviar una solicitud junto a una serie de documentación requerida, a la D.G. de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, donde se revisará la documentación presentada y el historial exportador del establecimiento.

Según señalan desde la Oficina de Exportación de la Carne de España (OECE) los requisitos consisten en: 

– Todos los establecimientos que participen en la elaboración/manipulación de los productos deberán cumplir con las exigencias de la normativa rusa (que en algunos aspectos es más exigente que la normativa comunitaria).

– La carne, preparados de carne cruda, tripas de porcino, así como los productos cárnicos terminados destinados a Rusia, sólo pueden haberse elaborado en mataderos, salas de despiece, almacenes frigoríficos e industrias cárnicas autorizados por el Servicio Federal de Supervisión Sanitaria y Fitosanitaria de la Federación de Rusia (Rosselkhoznadzor). Por tanto, deben estar autorizados todos aquellos establecimientos por los que pase dicho producto antes de la exportación.

– La exportación se realizará amparada por el Certificado sanitario de exportación correspondiente en cada caso (disponibles para su consulta en CEXGAN).

– Las empresas solicitantes deberán disponer de, al menos, una empresa importadora rusa interesada en adquirir sus productos.

En estas listas sólo se autorizarán las actividades deben estar autorizadas en el Registro de establecimientos autorizados según normas UE, que puede consultarse en la página Web de AESAN.

– Actividades que se autorizan para las listas de establecimientos autorizados para la exportación de carne y preparados de carne cruda: matadero, sala de despiece, almacén frigorífico.

– Actividades que se autorizan para la lista de establecimientos autorizados para la exportación de productos cárnicos terminados: establecimiento de transformación y establecimiento reenvasador.

– Actividades que se autorizan para la lista de establecimientos autorizados para la exportación de tripas de porcino: establecimiento de estómagos, vejigas e intestinos tratados.

En la actualidad sólo está permitida la exportación de carne y productos cárnicos de origen porcino, vacuno, equino y aviar.

En relación con las tripas, en la actualidad sólo está permitida la exportación a Rusia de tripas de origen porcino, las cuales han de ser obtenidas exclusivamente en mataderos autorizados para la exportación de carne de porcino y preparados de carne cruda a la Federación de Rusia. Por tanto, los mataderos autorizados para la exportación de carne de porcino y preparados de carne cruda a la Federación de Rusia están también autorizados para el envío de tripas a ese mercado.

Conforme a lo anterior, los establecimientos españoles autorizados para la exportación de tripas a la Federación de Rusia serán: Todos los establecimientos incluidos en la ‘Lista de establecimientos españoles autorizados para la exportación de tripas de porcino a la Federación de Rusia’ y los establecimientos que tengan autorizada la actividad Matadero en la ‘Lista de establecimientos cárnicos españoles autorizados para la exportación de carne y preparados de carne cruda de porcino a la Federación de Rusia’.

No es posible llevar a cabo la exportación de carne o productos cárnicos de conejo, de ovino ni de caza silvestre.

Los establecimientos españoles interesados en solicitar autorización de las actividades mencionadas para la exportación de carne, preparados de carne cruda, tripas de porcino y/o productos cárnicos terminados, deberán realizar la correspondiente solicitud a la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad) mediante el envío de la siguiente documentación:

– ‘Solicitud de autorización para la exportación a países terceros’ disponible en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el siguiente enlace: http://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/autoExpTerceros.htm

– Anexo 1: Cuestionario de solicitud de autorización para exportar carne, preparados de carne cruda, tripas y productos cárnicos terminados a la Federación de Rusia (según modelo Anexo 1, disponible en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y disponible también en CEXGAN ). Este cuestionario debe ser cumplimentado, firmado y/o sellado por un representante legal del establecimiento solicitante, y posteriormente sellado y firmado por parte de los Servicios Veterinarios Oficiales de la Comunidad Autónoma donde se ubica el establecimiento.

– En el caso de solicitar la autorización para la actividad de matadero, se ha de adjuntar también un resumen del Plan de autocontrol implantado en el establecimiento para garantizar el cumplimiento de los requisitos de la normativa sanitaria rusa sobre residuos de medicamentos veterinarios, en aquellos aspectos en que ésta sea más exigente que la comunitaria, en documento firmado por el responsable de la empresa, sellado y firmado tras la verificación por parte de los Servicios Veterinarios Oficiales de la Comunidad Autónoma.

Esta documentación debe enviarse a la siguiente dirección: Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación Subdirección General de Sanidad Exterior Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Paseo del Prado, 18 – 20. 28071 MADRID

Se deberá presentar un expediente por cada establecimiento con número de RGSEAA independiente, no siendo aceptadas aquellas solicitudes en cuya documentación se solicite la homologación de varios establecimientos, independientemente del vínculo legal que los una.

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