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Publicado el reglamento que regula en la UE el control de las enfermedades animales

Tras la publicación hace unos días de su posición al respecto, el parlamento europeo ha publicado el Reglamento definitivo que establece normas para la prevención y el control de las enfermedades de los animales que son transmisibles a los animales o a los seres humanos. El mismo modifica o deroga algunos actos de la legislación en materia de sanidad animal.

El texto completo puede descargarse desde nuestra área de descargas.

Como recordamos en informaciones anteriores, este reglamenteo se ocupa de todo lo relativo a enfermedades como:

  • Fiebre aftosa
  • Peste porcina clásica y africana
  • Gripe aviar altamente patógena
  • Peste equina africana
  • Peste bovina
  • Peste de los pequeños rumiantes
  • Enfermedad vesicular porcina
  • Lengua azul
  • Enfermedad de Teschen
  • Viruela ovina y caprina
  • Perineumonía contagiosa bovina
  • Tuberculosis de los bovinos
  • Brucelosis bovina (B. abortus)
  • Brucelosis ovina y caprina (B. melitensis)
  • Encefalopatías espongiformes transmisibles (EET)
  • Campilobacteriosis
  • Listeriosis
  • Triquinosis

Y sus objetivos son:

  • La priorización y categorización de enfermedades que afecten a toda la Unión y el establecimiento de responsabilidades en materia de sanidad animal.
  • La detección temprana, la notificación y el envío de informes sobre las enfermedades, la vigilancia, los programas de erradicación y el estatus de libre de enfermedad.
  • La concienciación, la preparación y el control de la enfermedad.
  • La inscripción registral y la autorización de establecimientos y transportistas, así como los desplazamientos y la trazabilidad de animales, productos reproductivos y productos de origen animal dentro de la Unión.
  • La entrada en la Unión de animales, productos reproductivos y productos de origen animal y la exportación de esas partidas desde la Unión.
  • Los desplazamientos sin fines comerciales de animales de compañía a un Estado miembro, desde otro Estado miembro o desde un tercer país o territorio.
  • Las medidas de emergencia que han de adoptarse en las situaciones de emergencia por enfermedad
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