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Satisfacción moderada de AEFYT ante la posible congelación del tipo impositivo del impuesto sobre gases fluorados

Por José Carlos Vicente

El Impuesto sobre los Gases Fluorados posiblemente mantendrá durante el año 2016 la reducción del tipo impositivo, según una enmienda a los Presupuestos del Estado presentada por el Grupo Popular en el Congreso de los Diputados el pasado día 29 de septiembre. De este modo, en caso de prosperar en el trámite legislativo, los tipos que se aplicarían este año serán los resultantes del multiplicar dichos gravámenes por el coeficiente del 0,66. Con esta decisión se refrenda una de las demandas de AEFYT, Asociación de Empresas del Frío y sus Tecnologías, que, en base a un informe económico muy negativo sobre el efecto de este impuesto sobre las empresas del sector del frío, solicitó la derogación del tributo o, como mínimo, el mantenimiento del 0,33 del tipo impositivo vigente en 2014.

La enmienda coincide, así mismo, con algunos de los argumentos de la Asociación sobre el estado actual de disponibilidad de alternativas a los gases fluorados. Entre los argumentos para mantener el tipo impositivo destaca que “el desarrollo, prueba y comercialización de productos sustitutivos conlleva un determinado periodo de tiempo” y “en la actualidad, un número considerable de instalaciones frigoríficas existentes con gases fluorados carece de sustitutivos igual de seguros y eficientes”.

En este sentido, AEFYT expresó en una reunión con Miguel Arias Cañete, Comisario Europeo de Acción por el Clima y Energía, la necesidad de establecer calendarios realistas para a sustitución de este tipo de gases refrigerantes.

“Nos sentimos moderadamente satisfechos por esta decisión del Grupo Popular, que en caso de materializarse, daría un importante respiro a la empresas del sector del frío, muy afectadas por el Impuesto sobre Gases Fluorados”, comentó Roberto Solsona, presidente de AEFYT. “En todo caso, ante el hecho de que este impuesto solo se aplique con estos tipos en España entre los países de la Unión Europea con necesidades importantes de climatización y refrigeración, y dada la existencia de legislación europea destinada a limitar los efectos de estos gases, insistimos en la necesidad de derogarlo para no mermar la competitividad de las empresas españolas del sector del frío”.

Cabe recordar que, según el informe citado anteriormente, con este impuesto el sector de frío está siendo castigado con una fuerte reducción de facturación y con un incremento de insolvencias y cierres de empresas, con el consecuente impacto negativo en el mercado de trabajo.

El citado informe concluye que la aplicación del impuesto está acarreando consecuencias muy negativas desde el punto de vista medioambiental, fiscal y económico como son el aumento del mercado negro; la entrada en el mercado español de gases fluorados a través de operaciones intracomunitarias que podrían eludir el impuesto; el incremento de los costes administrativos de un 8%; y el crecimiento de los costes financieros en un 15%; y el uso por parte de personal no certificado de gases no sujetos a impuestos con código de seguridad diferente que podrían provocar accidentes serios.

El impuesto, además de suponer un impacto altamente negativo, es innecesario ya que el nuevo Reglamento Europeo F-Gas 517/2014, que entró en vigor el 1 de enero de 2015, ya obliga a una reducción de emisiones, principal objetivo del tributo. Dicho Reglamento sí está acordado, consensuado y armonizado en la UE, además de llevar aparejado un calendario razonable de adopción de medidas.

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