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blister de labeyrie jamon para negra

El etiquetado ‘pata negra’ puede ser usado sin considerarse fraude en un jamón de cebo según la justicia francesa

Por Redacción

El Tribunal administrativo francés ha concluido que la mención ‘Pata negra grande tradition’ en un producto de cerdo de cebo de campo elaborado en España pero comercializado por la empresa francesa Labeyrie en el país galo “no corresponde a ninguna definición legal en territorio francés por lo que puede ser utilizada por la empresa en su etiquetado sin considerarse un fraude“.

En base a esta sentencia, desde la Dirección General francesa de la Competencia, del Consumo y de la Represión de Fraudes (DGCCRF), a la que la embajada de España en Francia solicitó acciones al respecto por posible engaño al consumidor, han indicado al MAPA que esta decisión condicionará sus actuaciones en lo que se refiere al uso de la mención ‘Pata negra’ y que, si bien continuarán con las reflexiones de cómo poder acabar con esta práctica, que ellos consideran inadecuada, de momento no pueden actuar contra la empresa Labeyrie en el caso denunciado.

Antecedentes

Los hechos se remontan cuando la empresa francesa Labeyrie lanzó en 2016 una gama de productos cárnicos ibéricos. Entre sus productos, elaborados en España, se encuentra el denominado ‘Jambon Pata Negra’ que, conforme a su etiquetado francés, procede de animales 50 % de raza ibérica y que pueden ser a su vez criados mediante lo que denominan el método bellota o de cebo de campo.

Esta denominación comercial no cumple con lo establecido en el Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, aunque el ámbito de aplicación del citado Real Decreto es sólo España al tratarse de legislación nacional no de legislación comunitaria.

La embajada de España en Francia puso este hecho en conocimiento a la DGCCRF, a la que solicitó acciones al respecto por posible engaño al consumidor.

Desde la DGCCRF se informó a la embajada española de un procedimiento en sede judicial en curso relacionado con la misma problemática, indicando que no tomarían acciones legales hasta conocer la decisión del Tribunal administrativo francés, ya que sentaría jurisprudencia en la materia.

En dicho procedimiento, el gobierno francés había solicitado a la empresa Labeyrie que modificara el etiquetado para alinearse con la norma española y no incumplir así el Reglamento (UE) Nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

La empresa recurrió esa decisión del gobierno francés. Y a mediados de 2022, la DGCCRF informó a la embajada que la decisión del Tribunal había sido la de anular la decisión del gobierno francés, por considerar que la norma de calidad del ibérico no es aplicable en Francia y por considerar, además, que el etiquetado como ‘Pata negra’ de un jamón de cebo de campo no incumple el artículo 7 del Reglamento 1169/2011.

Acciones del MAPA

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en colaboración con las comunidades autónomas, ha llevado a cabo inspecciones de las seis empresas española que están vendiendo el producto cárnico a la empresa francesa Labeyrie y ha podido comprobar que “no existe incumplimiento por parte de estas empresas de la norma de calidad del ibérico, ya que en toda la información que acompaña a los envíos no se emplea el apelativo ‘Pata negra’ y se especifica que se trata de loncheados de jamón 50 % ibérico de cebo de campo”.

Es en Francia donde la empresa Labeyrie (y otras empresas francesas que realizan prácticas similares) llevan a cabo el etiquetado del producto en francés y donde se incluye las palabras en español ‘Pata negra’“, constatan desde el MAPA.

Cooperación entre Francia y España en la lucha contra el fraude

En el Tratado de Amistad y Cooperación entre la República Francesa y el Reino de España, firmado en Barcelona el pasado 19 de enero, se ha incluido un artículo en el que se indica que los dos países se comprometen a cooperar en materia de controles oficiales agroalimentarios y en la lucha contra el fraude.

En el contexto del seguimiento de dicho Tratado, indican desde el MAPA que “se van a buscar soluciones a este tipo de problemas, provocados por un etiquetado entendemos incorrecto en territorio francés de un producto de calidad español. No obstante, jurídicamente es un asunto complejo, relacionado con la gestión de los derechos de marcas comerciales a nivel internacional, que solamente se podrá resolver a través de modificaciones de la normativa europea que permitan proteger jurídicamente determinados términos nacionales de productos específicos mediante una exclusividad en su etiquetado”.

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