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Habrá dos cuotas iguales, la de producción y la de elaboración

Habrá dos cuotas iguales, la de producción y la de elaboración

La nueva extensión de Norma del ibérico ya ha sido publicada en el BOE

Por C de Comunicación

De acuerdo con la última Asamblea General de la
Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico (Asici), y como ya adelantó
Cárnica 2000, ya ha sido publicada en el BOE (del pasado 8 de junio) la
Extensión de norma presentada por Asici tras esa asamblea y que significará una
aportación económica obligatoria para la promoción de
los productos del cerdo ibérico, la optimización del conocimiento y la
transparencia informativa del sector y el apoyo ala investigación e innovación
tecnológica durante las campañas 2013/2014, 2014/2015 y 2015/2016. Este acuerdo
se tomó por una mayoría del 94,5 por 100 de los votos:

Su objetivo es aumentar el
consumo de los productos del cerdo ibérico, optimizar el conocimiento y la
transparencia informativa del sector, apoyar la investigación y la innovación
tecnológica en el sector, y una gestión óptima de la implantación, control y el
seguimiento de la Extensión de norma.

Para conseguir estos
objetivos se desarrollarán acciones como informar y promocionar de las
diferentes categorías de productos del cerdo ibérico, así como sus
características; crear un sistema de vigilancia e información sectorial; apoyar
y promocionar programas de investigación, innovación tecnológica y estudios en
el sector; establecer un sistema para la gestión y el control del cumplimiento
de la extensión de norma.

Su periodo de vigencia será
de tres campañas considerando éstas con inicio el uno se septiembre de cada año
y fin el 31 de agosto del año siguiente finalizando en el año 2016.

La aportación económica
total, para cada campaña, será de veinte céntimos de euro por cada cerdo
sacrificado. Dicha aportación quedará dividida en dos cuotas de 10 céntimos de
euro por cerdo para cada una de las ramas profesionales, denominadas ‘cuota de
producción’ y ‘cuota de elaboración’.

Ambas cuotas se aplicarán a
todos los cerdos ibéricos sacrificados en España, y se devengará por el
matadero que sacrifique los animales. El matadero facturará a quien se
consignen los animales el total de las dos cuotas, siendo la industria de
destino, o el consignatario de los animales sacrificados, responsable de
recuperar la ‘cuota de producción’.

Los mataderos de cerdos
ibéricos, de servicios o no, no contribuirán con cuota a la extensión de norma.
Contribuirán a la implantación realizando las funciones siguientes:
proporcionar la información global de sus operaciones, así como y recaudar y
pagar las cuotas correspondientes.

El matadero deberá remitir
mensualmente, en archivo informático, el listado de operaciones realizadas, consignando
la información general con la estructura que se especificará en el documento
que se entregará a los mataderos, así como copia de la liquidación de las tasas
sanitarias realizadas en el período.

Las cantidades recaudadas
por los mataderos a los consignatarios serán abonadas cada mes, por
transferencia bancaria a la cuenta habilitada para ello por ASICI exclusiva
para este fin, previa emisión de una factura por el importe total de las
cantidades retenidas durante el periodo.

Los modelos o textos justificativos
de las facturas o retenciones derivados del Sistema de extensión de norma
recogerán expresamente la finalidad y el destino de las mismas, indicando como
mínimo, y según corresponda, el concepto de aportación o retención para la
extensión de norma de ASICI, el número de Orden, numero de Boletín Oficial del
Estado y fecha de publicación de la misma.

Toda la información
generada como consecuencia de la Extensión de Norma será confidencial y se
aplicará la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de
carácter personal para su tratamiento.

Las
organizaciones de la producción y de la transformación del sector del cerdo
ibérico colaborarán en la aplicación de esta Extensión de Norma.

Los recursos generados por las aportaciones, de acuerdo con lo dispuesto
en la Ley 38/1994, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales
Agroalimentarias, solo podrán destinarse para los fines establecidos en esta
Extensión de Norma. Asignándose el 76 por 100 del total de las aportaciones a
la información y promoción del consumo de los productos del cerdo ibérico, y el
24 por 100 restante para el resto de objetivos, dedicando el 8 por 100 del
total a cada uno de ellos.

Vea el texto del BOE en este enlace.

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