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Anice y Fecic estudian recurrir la multa del Tribunal de Competencia

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) impuso esta semana sendas multas de 31.500 euros a la Asociación de Industrias de la Carne de España (AICE, actualmente integrada en Anice tras su fusión con Asocarne) y a la Federación Catalana de Industrias de la Carne (Fecic) por alinear, presuntamente, a las empresas y colectivos del sector.

La CNC inició en mayo de 2011 un expediente sancionador (S/0289/10) contra la Confederación de Organizaciones Empresariales del Sector Cárnico de España (Confecarne), AICE y Fecic por una posible conducta anticompetitiva, que habría consistido en llevar a cabo una recomendación colectiva que tenía por objeto homogeneizar el comportamiento de las empresas cárnicas mediante la repercusión al ganadero de los gastos derivados de la retirada y eliminación de los Materiales Específicos de Riesgo (MER).

Según Competencia, as conductas analizadas tienen origen en la denuncia presentada por la Asociación Española de Productores de Carne de Vacuno (Asoprovac), la Confederación de Cooperativas Agroalimentarias de España y la Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (Asaja), así como en la resolución adoptada por el Consejo de la CNC el 4 de octubre de 2010 en el marco de la vigilancia del expediente 556/03 Industrias cárnicas, en el que ya fueron sancionadas AICE, Fecic y la Asociación Profesional de Salas de Despiece y Empresas Cárnicas (Aprosa) por una recomendación colectiva para repercutir el coste de retirada de harinas cárnicas a los ganaderos, cuya finalidad era unificar los comportamientos de sus asociados excluyendo la libre iniciativa empresarial.

En su resolución de 7 de noviembre de 2012, el Consejo de la CNC considera acreditado que AICE y Fecic recomendaron a sus empresas asociadas que repercutiesen a los ganaderos los costes de retirada y eliminación de los MER mediante el envío de las circulares que justificaban la legalidad de dicha repercusión.

El Consejo de la CNC considera que “la conducta, por su contenido y por su difusión, pues se dirigieron a todos los asociados, y por quien las efectúa, dos asociaciones representativas del sector, tiene por objeto propiciar el alineamiento en el comportamiento de las industrias cárnicas en su relación con los ganaderos en lo que se refiere a la repercusión a éstos del coste de los MER”. Por lo tanto, “es apta para falsear la libre competencia, al facilitar la unificación de la conducta de empresas competidoras”, asegura Competencia.

En definitiva, el Consejo de la CNC considera que la conducta imputada es una recomendación colectiva tipificada como infracción en el artículo 1.1.a) de la Ley de Competencia y, por ello, resuelve imponer a AICE y Fecic sendas multas sancionadoras por importe de 31.500 euros, mientras que considera no acreditada la existencia de tal infracción con Confecarne.

Actualmente la Asociación Nacional de Industrias de la Carne de España (Anice) y Fecic estudian interponer un recurso contencioso administrativo contra esta resolución.

Fuentes de Anice han señalado a este medio que la asociación discrepa del criterio de la CNC, porque “creemos que esta resolución es improcedente al poner una multa por el traslado a nuestros asociados de un informe jurídico emitido por un despacho de abogados sobre un tema controvertido”. Además señalan que “la actuación de Competencia no tiene fundamento ya que se ha acreditado que nuestro proceder no tuvo como efecto la actuación coordinada de nuestros socios”. Asimismo manifiestan que “esta lectura de los hechos es contraria a la realidad ya que la resolución es incompatible con la legítima y necesaria labor informativa y de asesoramiento que desarrollan las asociaciones con sus asociados”. Por todo ello, Anice recurrirá la sanción.

Por su parte, Fecic no ha querido hacer declaraciones pero han señalado a Cárnica 2000 que también recurrirán esta sanción.

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