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El Supremo deniega la inscripción de la marca ‘JJJJJ’ para proteger la de ‘5J’

Por C de Comunicación

El Tribunal Supremo ha denegado a un particular la inscripción de la marca ‘JJJJJ’ para proteger la ‘5J’ de los jamones de Jabugo que produce y comercializa el Grupo Osborne a través de su filial Sánchez Romero Carvajal.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo acaba de notificar sentencia dictada el pasado 18 de junio denegando el registro de la marca española ‘JJJJJ’ para proteger animales vivos (entre los que se encuentran los cerdos), a la que la compañía onubense, con sede en Jabugo, presentó oposición en 2005 para defender su marca ‘5J’.

La Oficina Española de Patentes y Marcas rechazó en 2006 el registro de ‘JJJJJ’ en la categoría de animales vivos de raza caballar por su similitud a otra registrada por la filial de Osborne.

El titular de la marca aspirante a la inscripción recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que le dio la razón, al entender que, pese a su identidad denominativa, los productos que amparan las marcas son diferentes y no coinciden en los mismos canales de comercialización, lo que, en opinión del juez, impedía el riesgo de confusión o asociación por el consumidor.

Ahora  la citada Sala ha desestimado recientemente, entre otros motivos, porque ‘5J’ “debe disponer de la más intensa protección proveniente de su condición de marca notoria”. Y concluye la sentencia: “Confluyen, en consecuencia, los factores que, según el artículo 8.1 citado, impide el registro de una nueva marca: es apreciable un peligro de confusión del consumidor medio entre la procedencia de los productos sujetos a las marcas en pugna y el signo más reciente (‘JJJJJ’) puede aprovecharse del prestigio o notoriedad de la marca prioritaria (‘5J’)”.

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