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DOP Jabugo sólo será de una única y máxima designación de calidad 100% Ibérico

Por José Carlos Vicente

Solo habrá una única y máxima designación de calidad de la DOP Jabugo. Esas es la decisión adoptada por la Junta Directiva del Consejo Regulador que establece que sólo se ampararán con la Denominación de Origen Protegida jamones y paletas elaborados en las condiciones microclimáticas de la zona de elaboración a partir de cerdos 100% ibérico alimentados en libertad durante la montanera con bellotas y pastos naturales.

La zona de elaboración se localiza en el entorno del Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche cuyas dehesas está declaradas Reserva de la Biosfera por la UNESCO: Aracena, Aroche, Corteconcepción, Cortegana, Cumbres Mayores, Galaroza, Higuera de la Sierra, Jabugo y Santa Olalla del Cala.

La Junta Directiva, antes de adoptar la decisión, ha tenido en cuenta el trabajo paulatino del anterior Consejo Regulador ya que, aproximadamente, el 95% de los jamones y las paletas certificados tenían la designación de calidad Summum (de bellota 100% ibérico) mientras que el 5% restante tenían la designación de calidad Excellens (de bellota 75% ibérico). Además, desde hace varias añadas no se había certificado productos con la tercera designación de calidad Selección (de cebo de campo 100% ó 75% ibérico).

El objetivo es trasladar transparencia al mercado nacional e internacional. Por tanto, las personas consumidoras serán las grandes beneficiadas puesto que cuando adquieran un jamón o una paleta DOP Jabugo no tendrá que conocer ni complejos sistemas de identificación ni de colores. Y, al mismo tiempo, el sector tradicional, tanto ganadero como elaborador, tendrá una gran opción de diferenciación y reivindicación de sus productos en el mercado.

Por otro lado, la única y máxima designación de calidad facilitará la protección del nombre geográfico “Jabugo” desarrollada, desde hace apenas un año, tanto por el Consejo Regulador como por las Administraciones autonómicas, estatal y comunitaria. Actualmente, el producto que no está amparado no puede llevar el término geográfico Jabugo incurriendo, en ese caso, en una infracción administrativa y en un delito mercantil e, incluso, penal ya que está induciendo a error al consumidor. Además, tras esta última aprobación de la Junta Directiva, en un próximo futuro para estar amparado el jamón y la paleta tendrán que ser, inexcusablemente, “de bellota” y “100% ibérico”.

Esta trascendente decisión simplifica las actuales tres designaciones de calidad y viene a sumarse a los dos hitos cronológicamente anteriores: una espectacular sede acorde al producto gastronómico amparado por la DOP Jabugo y visitable por los viajeros y turistas a través de la Ruta del Jabugo y, por supuesto, el anhelado cambio de nombre.

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